Presentación
Tal como se recoge en el Artículo 1 de los Estatutos de nuestra Universidad, aprobados por Decreto 281/2003, de 7 octubre, la Universidad de Cádiz es una Institución de Derecho Público dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio que, de acuerdo con el artículo 27.10 de la Constitución, goza de autonomía en el marco de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Universidades.
De acuerdo con el Artículo 2.2g de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, dicha Autonomía comprende, entre otros, la elaboración, aprobación y gestión de sus presupuestos y la administración de sus bienes. Así el artículo 79.1 de la Ley reconoce que las universidades públicas tendrán autonomía económica y financiera en los términos establecidos en la misma, para lo que se garantizará que dispongan de los recursos necesarios para un funcionamiento básico de calidad, y en estos términos queda recogido en el artículo 217 de los Estatutos de la Universidad de Cádiz.
Por tanto, en el desempeño de sus funciones, le corresponde a la Universidad de Cádiz elaborar y aprobar sus presupuestos, que de acuerdo con el artículo 222.3 de sus Estatutos, será único, tendrá carácter público y habrá de ser equilibrado y comprenderá la totalidad de susingresos y gastos. El estado de ingresos del presupuesto de la Universidad de Cádiz incluirá los procedentes de los precios públicos aplicados a los servicios prestados, las transferencias procedentes de la Junta de Andalucía en aplicación del modelo de financiación vigente en cada momento y cuantos otros ingresos de derecho público y privado pueda obtener. El estado de gastos se clasificará atendiendo a la separación entre gastos corrientes y de capital. Al estado de gastos corrientes se acompañará la relación de puestos de trabajo del personal de todas las categorías de la Universidad especificando la totalidad de los costes de la misma e incluyendo un anexo en el que figuren los puestos de nuevo ingreso que se proponen. Los costes del Personal Docente e Investigador, así como de administración y servicios, deberán ser autorizados por la Comunidad Autónoma, en el marco de la normativa básica sobre Oferta de Empleo Público.
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades en su artículo 81.2 dispone que “…Para garantizar un mejor cumplimiento de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, las universidades deberán cumplir con las obligaciones siguientes:
a) Aprobarán un límite máximo de gasto de carácter anual que no podrá rebasarse.
b) Los presupuestos y sus liquidaciones harán una referencia expresa al cumplimiento del equilibrio y sostenibilidad financieros.”
Para dar cumplimiento de lo establecido en el artículo 81.2 de la Ley Orgánica de Universidades, junto con el presupuesto de la Universidad de Cádiz, se presenta la propuesta del límite máximo de gasto para el ejercicio 2020. El límite máximo de gasto de la Universidad de Cádiz para el año 2020 asciende a 194.121.091,00 euros, fijándose el techo del gasto no financiero en 193.859.083,00 euros. Quedando tal y como se establece dentro de los límites aprobados por el Consejo de Ministros de fecha 3 de julio de 2017, en los que fijó los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de las Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el período 2018-2020 y el límite de gasto no financiero del Presupuesto del Estado para 2018, contemplando un incremento del 2,8 % de la tasa de referencia nominal de la Regla de Gasto para 2020.
Del mismo modo, para garantizar el mejor cumplimiento de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en el presupuesto de la Universidad de Cádiz se realiza una referencia expresa al cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria y al principio de sostenibilidad financiera, entendiéndose el primero como el equilibrio financiero y el segundo como la capacidad para financiar compromisos de gasto.
El importe total del presupuesto de la Universidad de Cádiz para el año 2020 asciende a 165.066.891 euros, lo que representa un incremento del 0,01 % respecto al del ejercicio anterior (165.051.666 euros). Con relación al estado de ingresos y gastos del presupuesto de la Universidad de Cádiz, se detallan a lo largo del presente documento, contando en el informe de perspectiva financiera, con un breve análisis de las previsiones de dichos ingresos y principales dotaciones de gastos.
En el estado de ingresos, por su relevancia en la financiación del conjunto de las actuaciones de las Universidad de Cádiz, cabe resaltar la previsión realizada respecto al Capítulo IV “Transferencias Corrientes”, en la que se recoge la financiación de la Universidad de Cádiz mediante transferencia de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresa y Universidad de la Junta de Andalucía. En el ejercicio 2020 se espera que la financiación resulte de la aplicación de un nuevo Modelo de Financiación de las Universidades Públicas Andaluzas que permita a la Universidad de Cádiz potenciar y consolidar su posicionamiento en el conjunto del Sistema Universitario Andaluz, que atienda a sus singularidades y que le permita desarrollar sus funciones con los estándares de calidad requeridos en Educación Superior. Dicho modelo se encuentra en fase de negociación con la Universidades Públicas Andaluzas, y su aplicación, de acuerdo con lo informado por la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresa y Universidad será progresiva, aplicándose conjuntamente hasta su completa implantación otros criterios de reparto en la financiación en la línea de los ejercicios precedentes.
El Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, en su Artículo 88.1 establece que “Cada Universidad pública andaluza, sobre la base del modelo de financiación aprobado, elaborará su respectivo plan estratégico, en el que se fijarán sus objetivos específicos sociales, académicos e investigadores, la planificación económica y académica de su actividad y los programas destinados a lograr dichos objetivos.”
En consonancia con los presupuestos de la Universidad de Cádiz de ejercicios anteriores y con lo determinado en la Ley Andaluza de Universidades, el Presupuesto del año 2020 recoge el conjunto de políticas que, en el marco de su Programa de Gobierno y con los recursos disponibles, pretende desarrollar durante el ejercicio económico el Consejo de Dirección de la Universidad de Cádiz. Estas políticas han sido alineadas, y así se muestra en el presupuesto 2020 de la Universidad de Cádiz, con los Ámbitos y objetivos estratégicos previstos en el II Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz, 2015-2020, que, aunque se encuentra en al periodo final de vigencia, mantendrá la continuidad de los objetivos/ líneas de actuación hasta que sea aprobado el III Plan Estratégico de la Universidad. Por tanto, el Presupuesto de la Universidad de Cádiz 2020, es un instrumento indispensable para el desarrollo de nuestras funciones, alcanzar los objetivos de gobierno y obtener los resultados esperados en consonancia con los objetivos estratégicos de nuestra Universidad. Todo ello, incorporando en el presupuesto otras actuaciones que son los elementos clave para el efectivo desarrollo de nuestras funciones y despliegue de nuestros objetivos, tales como el funcionamiento de nuestros Títulos, Centros, Departamentos y Personal.
Marivi Martínez Sancho
Gerente